REDI: "Repudiamos el nuevo retroceso sobre las Pensiones por Discapacidad".


 Desde la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) expresamos nuestro profundo repudio y nuestra preocupación por el decreto 843 publicado este lunes 23 de septiembre en el Boletín Oficial de la República Argentina. Esta norma da marcha atrás con un decreto publicado en noviembre del año pasado, que concretaba un reclamo histórico del colectivo, al hacer compatible una pensión por discapacidad con un empleo formal para personas con ingresos menores a tres jubilaciones mínimas. 

Con este nuevo decreto, se retrocede a la plena vigencia del decreto 432/97, es decir que para tramitar una pensión, una persona adulta con discapacidad tiene que volver a demostrar su incapacidad laboral permanente a través de un certificado médico oficial (CMO. Además, las personas con discapacidad no deben tener un familiar en condiciones de mantenerla económicamente, lo que vulnera su derecho a la autonomía económica. Esto es contrario a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, con rango constitucional en nuestro país. Es decir que esto va en contra de nuestra Constitución Nacional.


Este último punto es especialmente grave para las mujeres y disidencias con discapacidad en situación de violencia de género que viven con sus agresores, ya que si dependen económicamente de ellos, no podrán tener autonomía económica a través de una pensión. De esta manera, este requisito no sólo es un retroceso, sino que en estos casos constituye un potencial peligro.

Por si fuera poco, el anexo del decreto hace referencia a la figura de la curatela para que gestione las pensiones de aquellas personas declaradas incapaces. Esta figura, además de ser contraria a la Convención de Naciones Unidas, va en contra también del Código Civil y Comercial de la Nación, que en 2015 eliminó la figura del curador, como un paso en favor de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Este decreto es muy grave porque se da en un contexto en el que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) está haciendo auditorías de las pensiones ya otorgadas en años anteriores. Desde el gobierno nacional ya anunciaron que miles de pensiones se darán de baja.


La pensión no contributiva es el único recurso que les permite subsistir a muchas personas con discapacidad que no consiguen trabajo. El monto es ínfimo; no llega a los 200 mil pesos, es decir que no alcanza para cubrir las necesidades básicas alimentarias. Pero es un paliativo y además permite a sus titulares tener cobertura social, a través del programa Incluir Salud, para acceder a tratamientos, terapias y medicamentos, que de otro modo no podrían cubrir.

La Convención de Naciones Unidas considera a las personas con discapacidad como aquellas que tienen limitaciones físicas, mentales, sensoriales o intelectuales que, al interactuar con las barreras del entorno, impiden o dificultan su participación en la sociedad en igualdad de condiciones que las demás. Desde esta perspectiva, tener o no autonomía económica nunca dependió enteramente de las propias personas con discapacidad. No es justo tener que demostrar incapacidad laboral permanente para acceder a una pensión, ya que en la mayoría de los casos no son estas características propias las que las alejan del acceso al empleo, sino los múltiples prejuicios presentes en la sociedad.

Entonces, este decreto no cumple con el principio de no regresividad, es decir que retrocede en materia de derechos humanos del colectivo. Además, de este modo se revictimiza a las personas con discapacidad, porque les niega el acceso a un empleo, ya que el Estado incumple sistemáticamente con el cupo laboral exigido por ley, pero a su vez, les corta el beneficio de una pensión a quienes no consiguieron trabajo y no están en situación de invalidez laboral.


Con este nuevo decreto, volvemos a una situación límite, que el colectivo vivió durante años. si una persona que cobraba una pensión conseguía un empleo registrado, el beneficio quedaba automáticamente suspendido. Esto empujaba a las personas con discapacidad a trabajar en la informalidad, en condiciones laborales precarias y mal pagas, para no perder su acceso a la pensión. Además, generaba mucho temor tomar empleos que en ocasiones no se sostenían en el tiempo y perder la pensión que luego demoraba en restituirse. ¿Cuál es la necesidad de volver a someter a muchas personas con discapacidad a esta situación humillante?

La consecuencia de este nuevo decreto será muy grave. Muchas personas con discapacidad ni siquiera podrán tener derecho a la alimentación, y además perderán el acceso a tratamientos, terapias y medicamentos.

Necesitamos una nueva ley integral de los derechos de las personas con discapacidad, que vaya en línea con lo expresado en la Convención de Naciones Unidas. Entre otros puntos, esa ley debe reemplazar las mal llamadas pensiones no contributivas por “invalidez laboral” por una asignación económica por discapacidad, para que puedan cobrarla todas las personas con discapacidad con ingresos de hasta dos salarios mínimos, trabajen o no en empleos en relación de dependencia.


Exigimos la derogación urgente del decreto 843/2024 y que el no cumplimiento de la invalidez laboral no sea criterio para dar de baja ninguna pensión.

¡Basta de ajuste en discapacidad!





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